27 may 2025
Juan Luis Bosch Gutierrez
La querella penal fue admitida el 22 de junio de 2023 mediante la <doc id="pty-202300033850-2023-06-22-a" />, pero Bosch no fue notificado personalmente durante casi dos años. El 21 de marzo de 2025, la abogada de la querella, Jessica Canto, presentó una <doc id="pty-202300033850-2025-03-21-b" /> requiriendo asistencia judicial internacional para notificar a Bosch en su domicilio en Ciudad de Guatemala, tras confirmarse su residencia en dicha dirección durante una audiencia de apelación. El presente escrito constituye la respuesta de Bosch a esa gestión de notificación, formalizando su conocimiento de la causa aproximadamente dos meses después de la solicitud de asistencia.
Bosch fundamentó su negativa a declarar en dos disposiciones. Citó el artículo 8, literal g, de la Convención Americana de Derechos Humanos, que consagra el derecho de toda persona a no ser obligada a declarar contra sí misma. Invocó también el artículo 25 de la Constitución Política de la República de Panamá, que establece la garantía de no autoincriminación. Indicó además que desde el 6 de septiembre de 2023 cuenta con representación legal dentro de la causa, mediante poder especial conferido al abogado Moisés Joel Bartlett Quiel.
El documento fue firmado por Bosch en Ciudad de Guatemala el 22 de mayo de 2025 y autenticado notarialmente por Ana Isabel Garrido Prieto, abogada y notaria guatemalteca. La firma fue posteriormente legalizada por el Departamento Consular y de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá, mediante certificado de autenticación No. 1128515, emitido el 23 de mayo de 2025 en la ciudad de Guatemala.