26 may 2023
Fiscalía Anticorrupción
El oficio invoca expresamente el artículo 75 del Código Procesal Penal, que obliga a las entidades públicas y privadas a proporcionar colaboración pronta, eficaz y completa a los requerimientos del Ministerio Público, bajo apercibimiento de incurrir en las responsabilidades previstas en la ley:
"Las entidades públicas y privadas están obligadas a proporcionar la colaboración pronta, eficaz y completa a los requerimientos que formulen los agentes del Ministerio Público en cumplimiento de sus funciones, bajo apercibimiento de incurrir en las responsabilidades previstas en la ley." (Página 1)
Sobre esa base, la Fiscal Adjunta Anticorrupción Lcda. Mirelly Diaz requirió a la Juez Undécima de Circuito de lo Civil, Lcda. María Leticia Cedeño Suira, la remisión de copias autenticadas del expediente completo del proceso ordinario de mayor cuantía con acción de secuestro promovido por Lisa, S.A. contra Villamorey, S.A., asegurando el soporte documental de la investigación por presunto peculado tramitada bajo la <law id="pty-202300033850" />, iniciada a querella del Lcdo. Carlos De Icaza Muñoz.
Este oficio constituye la segunda gestión de la Fiscalía dirigida al Juzgado Undécimo Civil dentro de la investigación. Días antes, el <doc id="pty-202300033850-2023-05-10-a" />, de 10 de mayo de 2023, había solicitado información detallada sobre el estado del proceso civil, la designación de Juan Luis Bosch Gutierrez como depositario judicial, el cumplimiento de sus obligaciones de rendición de informes y las principales piezas del expediente. El presente oficio complementa esa solicitud al requerir el expediente completo en copias autenticadas.
Menos de un mes después, la Fiscalía dictó la <doc id="pty-202300033850-2023-06-22-a" />, de 22 de junio de 2023, admitiendo formalmente la querella penal contra Bosch Gutierrez y teniendo como parte querellante a Lisa, S.A.