Lisa, S.A. exige devolución de dividendos retenidos desde 2008 y rendición de cuentas del depositario
10 feb 2025
Lisa, S.A.
Lisa, S.A. presentó solicitud formal ante el Juzgado Undécimo de Circuito Civil de Panamá requiriendo que se ordene a Juan Luis Bosch Gutiérrez y a Villamorey, S.A. la devolución de los dividendos retenidos durante dieciséis años, así como la rendición de cuentas de la gestión de Bosch Gutiérrez como depositario judicial. Este escrito, presentado el 10 de febrero de 2025, marca la apertura de la fase de recuperación activa en el Proceso Ordinario Exp. 556-99, tras más de cuatro años sin actividad procesal desde que el expediente fue remitido al archivo judicial en diciembre de 2020.
La solicitud se estructura sobre una cadena de hechos procesales concluidos. La condena de $894,718.00 impuesta a Lisa, S.A. fue extinguida mediante compensación con los dividendos retenidos por Villamorey, S.A., conforme al Auto No. 2277-2018 de 5 de diciembre de 2018. Esta resolución quedó firme y ejecutoriada tras la inhibición del Primer Tribunal Superior en julio de 2019 y la denegación unánime del amparo por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia en junio de 2020.
El elemento detonante de la solicitud fue el Oficio No. 29 de 3 de enero de 2025, emitido por la Juez Suplente Especial del Juzgado Duodécimo de Circuito Civil, comunicando el levantamiento del embargo que pesaba contra Lisa, S.A. dentro del proceso ejecutivo de BDT Investment, Inc. (Exp. 31638-12). Dicho oficio confirmó que el Cuarto Tribunal Superior de Justicia, mediante resolución de 30 de septiembre de 2024, aprobó la transacción suscrita entre BDT Investment, Inc. y Lisa, S.A. y ordenó levantar el embargo decretado por $19,184,680.00 mediante Auto No. 1838 de 12 de diciembre de 2012. El oficio fue recibido por el Juzgado Undécimo el 30 de enero de 2025.
Con este levantamiento, no subsiste medida cautelar alguna contra Lisa, S.A. que justifique la retención de sus dividendos.
Lisa, S.A. fundamenta su solicitud en el artículo 536, numeral 4, del Código Judicial, que establece que el tercero constituido en depositario judicial queda sujeto a las responsabilidades de ley. La solicitud recuerda que Juan Luis Bosch Gutiérrez, mediante nota del 25 de noviembre de 2008, manifestó expresamente que las retenciones por dividendos de Lisa, S.A. estaban a disposición del tribunal. Lisa, S.A. cita textualmente esta comunicación y argumenta que, habiendo concluido todos los procesos que justificaban la retención, Bosch Gutiérrez tiene la obligación legal de rendir informe de su gestión y devolver las sumas de dinero retenidas.
"Hacemos de su conocimiento que las retenciones que corresponden a la medida cautelar decretada en cuanto a las sumas de dinero en concepto de dividendos declarados que tenga derecho LISA, S.A., están a disposición de este Tribunal, en cualquier momento que lo requiera." (Página 1)