10 feb 2025
Lisa, S.A.
La solicitud se estructura sobre una cadena de hechos procesales concluidos. La condena de $894,718.00 impuesta a Lisa, S.A. fue extinguida mediante compensación con los dividendos retenidos por Villamorey, S.A., conforme al <doc id="pty-556-99-2018-12-05-a" />, dictado el 5 de diciembre de 2018. Esta resolución quedó firme y ejecutoriada tras la inhibición del Primer Tribunal Superior en julio de 2019 y la denegación unánime del amparo por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia en junio de 2020.
El elemento detonante fue el <doc id="pty-31638-12-2025-01-03-b" />, emitido el 3 de enero de 2025 por la Juez Suplente Especial del Juzgado Duodécimo de Circuito Civil, comunicando el levantamiento del embargo que pesaba contra Lisa, S.A. dentro del proceso ejecutivo de BDT Investment, Inc., <law id="pty-31638-12" />. El oficio confirmó que el Cuarto Tribunal Superior de Justicia, mediante resolución de 30 de septiembre de 2024, confirmó el <doc id="pty-31638-12-2022-04-12-a" /> de 12 de abril de 2022 y aprobó la transacción suscrita entre BDT Investment, Inc. y Lisa, S.A., ordenando levantar el embargo por $19,184,680.00 decretado mediante <doc id="pty-31638-12-2012-12-12-a" /> de 12 de diciembre de 2012 sobre cualquier suma de dinero, derecho o crédito a favor de Lisa, S.A. dentro del presente proceso (acción de secuestro No. 7081-08). El Juzgado Undécimo recibió el oficio el 30 de enero de 2025.
Con este levantamiento, no subsiste medida cautelar alguna contra Lisa, S.A. que justifique la retención de sus dividendos. El expediente permanecía en el archivo judicial desde diciembre de 2020; esta solicitud lo reabre para exigir la devolución de los fondos retenidos durante dieciséis años.
Lisa, S.A. fundamenta su solicitud en el artículo 536, numeral 4, del Código Judicial, que establece que el tercero constituido en depositario judicial queda sujeto a las responsabilidades de ley. La solicitud recuerda que Juan Luis Bosch Gutiérrez, mediante <doc id="pty-556-99-2008-11-25-a" />, comunicación recibida el 25 de noviembre de 2008, manifestó expresamente que las retenciones por dividendos de Lisa, S.A. estaban a disposición del tribunal. Lisa, S.A. cita textualmente esta comunicación y argumenta que, habiendo concluido todos los procesos que justificaban la retención, Bosch Gutiérrez tiene la obligación legal de rendir informe de su gestión y devolver las sumas de dinero retenidas.
"Hacemos de su conocimiento que las retenciones que corresponden a la medida cautelar decretada en cuanto a las sumas de dinero en concepto de dividendos declarados que tenga derecho LISA, S.A., están a disposición de este Tribunal, en cualquier momento que lo requiera." (Página 1)