Caso Avícola Villalobos
  • Guatemala
  • Panamá
  • Registro

Expediente

Exp. 556-99

Proceso Ordinario de Mayor Cuantía

País
Panamá
Grupo
Recuperación de Dividendos de Villamorey
Demandante
  • Villamorey, S.A.
Demandado
  • Lisa, S.A.

Documentos

  1. Sentencia 42-0811 jul 2008
  2. Auto 1624-0827 oct 2008
  3. Oficio25 nov 2008
  4. Fallo de Apelación28 ago 2012
  5. Auto 2277-20185 dic 2018
  6. Fallo de Apelación12 jul 2019
  7. Amparo 1022-1924 jun 2020
  8. Auto 1827-202010 dic 2020
  9. Solicitud10 feb 2025
  10. Solicitud11 feb 2025
  11. Solicitud27 mar 2025
  12. Solicitud30 abr 2025
Exp. 556-99
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Solicitud

Lisa, S.A. exige devolución de dividendos retenidos desde 2008 y rendición de cuentas del depositario

Emitido el

10 feb 2025

Emitido por

Lisa, S.A.

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Lisa, S.A. presentó solicitud formal ante el Juzgado Undécimo de Circuito Civil de Panamá requiriendo que se ordene a Juan Luis Bosch Gutiérrez y a Villamorey, S.A. la devolución de los dividendos retenidos durante dieciséis años, así como la rendición de cuentas de la gestión de Bosch Gutiérrez como depositario judicial. Este escrito, presentado el 10 de febrero de 2025, marca la apertura de la fase de recuperación activa en el Proceso Ordinario Exp. 556-99, tras más de cuatro años sin actividad procesal desde que el expediente fue remitido al archivo judicial en diciembre de 2020.

Fundamento Fáctico

La solicitud se estructura sobre una cadena de hechos procesales concluidos. La condena de $894,718.00 impuesta a Lisa, S.A. fue extinguida mediante compensación con los dividendos retenidos por Villamorey, S.A., conforme al Auto No. 2277-2018 de 5 de diciembre de 2018. Esta resolución quedó firme y ejecutoriada tras la inhibición del Primer Tribunal Superior en julio de 2019 y la denegación unánime del amparo por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia en junio de 2020.

El elemento detonante de la solicitud fue el Oficio No. 29 de 3 de enero de 2025, emitido por la Juez Suplente Especial del Juzgado Duodécimo de Circuito Civil, comunicando el levantamiento del embargo que pesaba contra Lisa, S.A. dentro del proceso ejecutivo de BDT Investment, Inc. (Exp. 31638-12). Dicho oficio confirmó que el Cuarto Tribunal Superior de Justicia, mediante resolución de 30 de septiembre de 2024, aprobó la transacción suscrita entre BDT Investment, Inc. y Lisa, S.A. y ordenó levantar el embargo decretado por $19,184,680.00 mediante Auto No. 1838 de 12 de diciembre de 2012. El oficio fue recibido por el Juzgado Undécimo el 30 de enero de 2025.

Con este levantamiento, no subsiste medida cautelar alguna contra Lisa, S.A. que justifique la retención de sus dividendos.

Obligaciones del Depositario

Lisa, S.A. fundamenta su solicitud en el artículo 536, numeral 4, del Código Judicial, que establece que el tercero constituido en depositario judicial queda sujeto a las responsabilidades de ley. La solicitud recuerda que Juan Luis Bosch Gutiérrez, mediante nota del 25 de noviembre de 2008, manifestó expresamente que las retenciones por dividendos de Lisa, S.A. estaban a disposición del tribunal. Lisa, S.A. cita textualmente esta comunicación y argumenta que, habiendo concluido todos los procesos que justificaban la retención, Bosch Gutiérrez tiene la obligación legal de rendir informe de su gestión y devolver las sumas de dinero retenidas.

"Hacemos de su conocimiento que las retenciones que corresponden a la medida cautelar decretada en cuanto a las sumas de dinero en concepto de dividendos declarados que tenga derecho LISA, S.A., están a disposición de este Tribunal, en cualquier momento que lo requiera." (Página 1)

Petitorio

  • Que el tribunal comunique a Juan Luis Bosch Gutiérrez que su función de depositario judicial ha concluido
  • Que se le ordene rendir informe de su gestión como depositario de los dividendos de Lisa, S.A.
  • Que se ordene a Bosch Gutiérrez y a Villamorey, S.A. devolver a Lisa, S.A. las sumas de dinero retenidas, cuya devolución fue ordenada desde que el Auto No. 2277-2018 quedó ejecutoriado

Fundamento de derecho

  • Artículo 536, numeral 4, del Código Judicial — establece la constitución del depósito judicial cuando un tercero retiene bienes del demandado, y las responsabilidades legales del depositario

Signatarios

  • Lcda. María Luisa Villarreal Palacios, apoderada judicial de Lisa, S.A.
Siguiente en el litigio
Solicita declarar en desacato a Bosch por incumplir deberes de depositario
11 feb 2025