Juzgado Duodécimo decreta embargo por $19,184,680 sobre acciones de Lisa en ocho sociedades, dividendos y fondos bancarios
12 dic 2012
Juzgado 12°
Mediante Auto No. 1838 del 12 de diciembre de 2012, el Juzgado Duodécimo del Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá decretó embargo a favor de BDT Investments Inc. y en contra de Lisa, S.A. por la suma de $19,184,680.00. La medida constituye el acto inaugural del proceso ejecutivo simple de cobro de deuda registrado bajo el Expediente No. 31638-12, y establece el alcance de los activos sujetos a restricción judicial durante más de una década.
El embargo abarcó seis categorías de activos pertenecientes a Lisa, S.A.:
Además de las acciones, el embargo cubrió los dividendos declarados y por declarar a favor de Lisa en dichas sociedades, cualquier suma o derecho resultante del proceso ordinario de mayor cuantía con acción de secuestro contra Villamorey, S.A. (Expediente No. 556-99), los fondos de Lisa depositados por Villamorey en GTC Bank, las sumas objeto de la medida de secuestro decretada mediante Auto No. 1624-08 del 27 de octubre de 2008, y los depósitos bancarios de Lisa en la localidad.
La amplitud del embargo refleja la magnitud de la deuda reclamada por BDT y la estructura corporativa a través de la cual Lisa mantenía sus inversiones en el Grupo Avícola Villalobos. Al abarcar tanto las participaciones accionarias en ocho sociedades guatemaltecas y panameñas como los flujos financieros derivados de ellas (dividendos, fondos en custodia, resultados de litigios paralelos), la medida buscó asegurar la totalidad de los activos recuperables de Lisa frente a BDT.
"DECRETA EMBARGO a favor de BDT INVESTMENTS INC. y en contra de LISA, S.A., hasta la concurrencia de DIECINUEVE MILLONES CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA BALBOAS CON 00/100 (B/. 19,184,680.00)" (Página 1)
Este embargo permaneció vigente hasta el 12 de abril de 2022, cuando el mismo Juzgado aprobó la transacción extrajudicial entre las partes y ordenó el levantamiento de la medida mediante Auto No. 898.