3 ene 2025
Juzgado 12°
El embargo originario fue decretado mediante <doc id="pty-31638-12-2012-12-12-a" /> de 12 de diciembre de 2012 y permaneció vigente por más de una década. La transacción entre las partes fue aprobada en primera instancia mediante <doc id="pty-31638-12-2022-04-12-a" /> de 12 de abril de 2022, y el Cuarto Tribunal Superior confirmó dicha aprobación el 30 de septiembre de 2024 mediante <doc id="pty-31638-12-2024-10-01-a" />, dejándola en firme. El presente oficio ejecuta esa decisión notificando directamente a Villamorey, S.A. como entidad que mantenía bajo su control los fondos embargados.
El oficio hace referencia expresa al Oficio No. 54 de 14 de enero de 2013, mediante el cual se había comunicado originalmente el embargo a Villamorey, e instruye a dicha sociedad a realizar las anotaciones legales correspondientes para reflejar el levantamiento. Esta comunicación fue emitida el mismo día que el <doc id="pty-31638-12-2025-01-03-b" /> dirigido al Juzgado Undécimo y el <doc id="pty-31638-12-2025-01-03-c" /> dirigido a las entidades bancarias, como parte de una serie coordinada de notificaciones para hacer efectivo el levantamiento del embargo en todos los frentes.