11 abr 2023
Juzgado 16°
En ejercicio de la facultad correctora conferida por el artículo 999 del Código Judicial, el tribunal subsana una omisión en el <doc id="pty-83573-21-2023-01-05-a" />, de 5 de enero de 2023, que admitió la demanda sumaria de rendición de cuentas promovida por Lisa, S.A. contra Juan Luis Bosch Gutierrez en el proceso <law id="pty-83573-21" /> pero omitió fijar el plazo para que el demandado compareciera a rendir cuentas, siendo este el objeto central del proceso. El auto de admisión original ordenaba correr traslado de la demanda por cinco días para contestación, tratamiento propio de un proceso ordinario. La corrección sustituye esa disposición por una que refleja la naturaleza especial del proceso sumario de rendición de cuentas: se concede a Bosch un término de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación, para presentarse ante el tribunal y rendir cuentas conforme a los parámetros establecidos en la demanda. El tribunal fundamenta la corrección en que la demanda cumple con los requisitos del artículo 665 del Código Judicial, así como con los artículos 1379 y 1380 que regulan específicamente el proceso de rendición de cuentas.
"En atención a la naturaleza y extensión de esta obligación, SE CONCEDE UN TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, para que el demandado JUAN LUIS BOSCH GUTIERREZ, se presente a los estrado del Tribunal, a fin de que el mismo rinda cuenta por los parámetros antes señalados" (Página 1)