25 ene 2023
Juzgado 16°
La medida fue promovida por la Lcda. María Luisa Villarreal Palacios, apoderada judicial de Lisa, S.A., en contra de Juan Luis Bosch Gutiérrez. El tribunal circunscribió su examen a los requisitos formales de admisibilidad del artículo 531, numeral 3, del Código Judicial y, al encontrarlos satisfechos, procedió a fijar la caución exigida en el numeral 6 de esa norma, sin entrar a valorar el fondo de la pretensión.
El tribunal fijó una caución de $5,000,000.00 que Lisa debía consignar conforme al artículo 570 del Código Judicial, a fin de responder por los posibles daños y perjuicios que pudiera generar la adopción de la medida. La cuantía de esta caución refleja la magnitud de los activos en disputa en <law id="pty-83573-21" />, proceso en el que Bosch y Villamorey, S.A. han mantenido bajo depósito judicial los dividendos de Lisa desde 2008.
Esta resolución se produjo veinte días después de que el mismo juzgado emitiera el <doc id="pty-83573-21-2023-01-05-a" /> el 5 de enero de 2023, que admitió la demanda sumaria especial de rendición de cuentas contra Bosch. La solicitud de secuestro complementó la acción principal al buscar asegurar los bienes del demandado mientras se tramitaba el proceso. Posteriormente, mediante el <doc id="pty-83573-21-2023-04-11-a" /> de 11 de abril de 2023, el tribunal corrigió la admisión original para conceder a Bosch un término de diez días hábiles para presentarse a rendir cuentas.