Caso Avícola Villalobos
  • Guatemala
  • Panamá
  • Registro

Expediente

Exp. 117030-21

Proceso Ejecutivo Simple de Mayor Cuantía

País
Panamá
Grupo
Recuperación de Dividendos de Villamorey
Demandante
  • Lisa, S.A.
Demandado
  • Villamorey, S.A.

Documentos

  1. Informe Pericial26 ago 2021
  2. Auto 256722 dic 2021
  3. Solicitud15 jul 2022
  4. Solicitud17 ago 2022
  5. Amparo25 nov 2022
  6. Amparo24 mar 2025
Exp. 117030-21
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Solicitud

Lisa, S.A. denuncia bienes de Villamorey en seis países para embargo por $51,643,208.80

Emitido el

15 jul 2022

Emitido por

Lisa, S.A.

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Denuncia de bienes para decreto de embargo formal.

Mediante esta solicitud de 15 de julio de 2022, Lisa, S.A. insta al Juzgado Undécimo de Circuito Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá a decretar embargo formal sobre los bienes de Villamorey, S.A., en ejecución del Auto Ejecutivo No. 2567 de 22 de diciembre de 2021, que libró mandamiento de pago por $51,643,208.80 en dividendos ilegalmente retenidos. La solicitud se presenta una vez que Villamorey ha comparecido al proceso y se encuentra debidamente notificada.

Bienes denunciados

Lisa identifica tres categorías de activos para embargo hasta la concurrencia de $51,643,208.80, más intereses:

  • Depósitos de ahorro, cuentas corrientes, plazos fijos, títulos valores y cualquier otro instrumento financiero que Villamorey mantenga en bancos de Panamá, Guatemala, Estados Unidos y Canadá
  • Acciones que Villamorey mantiene en el grupo empresarial Avícola Villalobos, con sede en Ciudad de Guatemala
  • Bienes inmuebles registrados a nombre de Villamorey en Guatemala, El Salvador, Honduras, Curazao y Holanda

Para la ejecución de las medidas en jurisdicciones extranjeras, Lisa solicita el libramiento de cartas rogatorias dirigidas a las autoridades judiciales y entidades de supervisión bancaria correspondientes en cada país.

Petitorio

  • Decretar embargo formal sobre los bienes identificados, hasta la concurrencia de $51,643,208.80 más intereses causados hasta la total cancelación
  • Girar cartas rogatorias a las autoridades judiciales de Guatemala, Estados Unidos, Canadá, El Salvador, Honduras, Curazao y Holanda para comunicar la medida de embargo
  • Comunicar la medida a las entidades de supervisión y regulación bancaria competentes en cada jurisdicción

Fundamento de derecho

  • Artículo 1643 del Código Judicial — faculta la denuncia de bienes del ejecutado para el decreto de embargo en procesos ejecutivos

Signatarios

  • Lcda. María Luisa Villarreal Palacios, Apoderada Judicial de Lisa, S.A.
Siguiente en el litigio
Denuncia bienes para embargo: depósitos fiduciarios, acciones y administración judicial de Villamorey por $51.6M
17 ago 2022