16 sept 2024
Juzgado 01°
El emplazamiento por edicto responde a la imposibilidad de practicar la notificación personal de dos resoluciones previas: el <doc id="pty-8853-24-2024-04-12-a" /> de 12 de abril de 2024, que admitió la demanda contra Villamorey, S.A. (representada legalmente por Ramiro López Nimatuj), y el <doc id="pty-8853-24-2024-05-08-a" /> de 8 de mayo de 2024, que lo adicionó para incluir a Juan Luis Bosch Gutierrez como demandado a título personal.
El <doc id="pty-8853-24-2024-07-16-a" /> del 16 de julio de 2024 documentó dos visitas infructuosas a las oficinas de Galindo, Arias & López, agente residente de Villamorey, ubicadas en Avenida Federico Boyd, Scotia Plaza, Piso 11, Oficina 11. En ambas ocasiones (10 y 16 de julio de 2024), la Lcda. Maricel Oballes, del personal del despacho, informó que desconocía a los citados. La imposibilidad de ubicar a los demandados en el domicilio de su propio agente residente activó el mecanismo subsidiario de notificación previsto en el artículo 1017 del Código Judicial.