Caso Avícola Villalobos
  • Guatemala
  • Panamá
  • Registro

Expediente

Exp. 8853-24

Proceso Ordinario de Daños y Perjuicios

País
Panamá
Grupo
Recuperación de Dividendos de Villamorey
Demandante
  • Lisa, S.A.
Demandados
  • Juan Luis Bosch Gutierrez
  • Villamorey, S.A.

Documentos

  1. Auto 966-202412 abr 2024
  2. Auto 1217-20248 may 2024
  3. Oficio 8853-249 jul 2024
  4. Informe de Notificación16 jul 2024
  5. Edicto 26216 sept 2024
  6. Auto 2966-202416 sept 2024
  7. Escrito de Pruebas3 dic 2024
  8. Escrito de Contrapruebas6 dic 2024
  9. Escrito de Objeciones12 dic 2024
Exp. 8853-24
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Auto 966-2024

Admite demanda ordinaria de daños y perjuicios de Lisa contra Villamorey y ordena traslado

Emitido el

12 abr 2024

Emitido por

Juzgado 01°

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El Auto No. 966/EJE-8853-24 admitió formalmente la demanda ordinaria de indemnización de daños y perjuicios interpuesta por Lisa, S.A. contra Villamorey, S.A., sociedad inscrita al folio 9146 de la sección de micropelículas mercantiles del Registro Público y representada por Raamuro López Nimatuj. El Tribunal determinó que tanto el poder como la demanda cumplían los requisitos establecidos en los artículos 625, 628 y 665 del Código Judicial, procediendo a admitirla conforme al trámite previsto en el artículo 1265 y siguientes del mismo cuerpo normativo.

Traslado y Fase Probatoria

Traslado de la demanda. El Tribunal ordenó correr traslado a Villamorey con copia de la demanda, otorgando un plazo de diez días para su contestación. Conforme al artículo 1265 del Código Judicial, el proceso quedaría abierto a pruebas de pleno derecho quince días después de cumplido el traslado o, en su caso, el traslado de la reconvención, sin necesidad de providencia adicional.

Representación de la parte actora. El auto reconoció a la Licenciada María Luisa Villarreal Palacios como apoderada judicial de Lisa, S.A., en los términos conferidos en el respectivo poder.

Efecto práctico: este auto constituyó el acto procesal que dio inicio formal al Expediente No. 8853-24. Sin embargo, la demanda fue admitida únicamente contra Villamorey, S.A., omitiendo a Juan Luis Bosch Gutiérrez como codemandado a título personal. Esta omisión fue corregida mediante auto de adición del 8 de mayo de 2024, que incorporó a Bosch como parte demandada y ordenó correrle traslado por separado.

Resolución

  • Se admitió el proceso ordinario de indemnización de daños y perjuicios interpuesto por Lisa, S.A. contra Villamorey, S.A.
  • Se ordenó correr traslado de la demanda a la parte demandada para contestación dentro de diez días
  • Se dispuso la apertura automática de la fase probatoria quince días después de cumplido el traslado
  • Se reconoció a la Licenciada María Luisa Villarreal Palacios como apoderada judicial de Lisa, S.A.

Fundamento de Derecho

  • Artículos 625 y 628 del Código Judicial — requisitos de forma y contenido del poder y la demanda, cuyo cumplimiento fue verificado por el Tribunal como presupuesto de admisibilidad
  • Artículo 665 del Código Judicial — requisitos adicionales de la demanda evaluados para la admisión del proceso
  • Artículo 1265 del Código Judicial — trámite del proceso ordinario, incluyendo el traslado y la apertura automática de la fase probatoria

Signatarios

  • Marietta Abrego Santos, Jueza Primera de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá
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