16 jul 2024
Centro de Comunicacion Judicial
Las diligencias buscaban notificar a Villamorey, S.A. y a Juan Luis Bosch Gutiérrez el <doc id="pty-8853-24-2024-04-12-a" />, que admitió la demanda de daños de Lisa, S.A., luego de que el Tribunal les concediera tres días para comparecer voluntariamente mediante el <doc id="pty-8853-24-2024-07-09-a" /> del 9 de julio de 2024. Ambos intentos fracasaron en el propio domicilio registral de los demandados.
Primer intento (10 de julio de 2024, 9:23 a.m.). El notificador judicial se presentó en la oficina de Galindo, Arias & López, Piso 11 del edificio Scotia Plaza en Avenida Federico Boyd, dirección registrada del agente residente de Villamorey. La secretaria Maricel Oballes informó que la persona citada era desconocida en esa dirección.
Segundo intento (16 de julio de 2024, 9:46 a.m.). El notificador regresó a la misma dirección. La Lcda. Maricel Oballes reiteró que desconocía al citado.
Un segundo formulario registra una diligencia de notificación respecto de Juan Luis Bosch Gutiérrez en la misma dirección (Avenida Federico Boyd, Scotia Plaza, Piso 11, Oficina 11), aunque los detalles específicos de ese intento no fueron capturados completamente en el documento.
El informe incorpora una certificación del Registro Público de Panamá (páginas 3 a 11) correspondiente a Villamorey, S.A. (Folio Mercantil N.º 9146), sociedad anónima inscrita desde el 6 de julio de 1971. Esta certificación confirma que Galindo, Arias & López ha fungido como agente residente de Villamorey desde su constitución, y que Juan Luis Bosch Gutiérrez ostenta poder general otorgado por la sociedad desde el 23 de febrero de 1984.
El historial societario revela que Bosch ha ocupado cargos directivos en Villamorey de forma continua desde 1984, incluyendo los puestos de vicepresidente (1984), tesorero (1987), y presidente (1990, 1999, 2010, 2011, 2016). Igualmente, los registros muestran que Villamorey tiene un capital autorizado de $5,000,000.00 dividido en 50,000 acciones nominativas. Que el personal de la propia firma del agente residente de Villamorey declarara desconocer a la sociedad resulta incongruente con un historial registral de más de cincuenta años en el que dicha firma ha actuado ininterrumpidamente como representante.
La imposibilidad de practicar la notificación personal activó el procedimiento previsto en el artículo 1017 del Código Judicial de Panamá. El 16 de septiembre de 2024, el Tribunal dictó el <doc id="pty-8853-24-2024-09-16-a" /> ordenando el emplazamiento por edicto de Villamorey y Bosch, permitiendo que el proceso avanzara pese a la falta de cooperación de los demandados.