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Exp. 01163-2012-00178

Casación

Avícola Villalobos, S.A. interpone recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia contra la sentencia que confirmó el rechazo de su demanda de daños y perjuicios por Q94,410,079.60 contra Lisa, S.A.

Emitido el
20 nov 2024
Emitido por
Avícola Villalobos, S.A.
Páginas
49

Avícola Villalobos, S.A. interpuso recurso de casación de fondo ante la Cámara Civil de la Corte Suprema de Justicia contra el del 7 de mayo de 2024, dictado por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil, que confirmó el rechazo de su demanda de daños y perjuicios contra Lisa, S.A. La casación alega error de hecho en la apreciación de la prueba por tergiversación e interpretación errónea del artículo 228 del Código de Comercio, y solicita que se case el fallo, se declare con lugar la demanda y se condene a Lisa, S.A. al pago de Q94,410,079.60 en daños determinados, más condenas genéricas por daños indeterminados. El recurso sigue al del 4 de julio de 2023, que desestimó la demanda por falta de prueba de los daños alegados.

Análisis

Antecedentes del Caso

Avícola Villalobos, S.A. demandó a Lisa, S.A. en juicio sumario mercantil de daños y perjuicios el 12 de marzo de 2012, ante el Juzgado Décimo Tercero Pluripersonal de Primera Instancia del Ramo Civil de Guatemala. La demanda se fundó en la exclusión de Lisa, S.A. como accionista de Avícola Villalobos, acordada por la Asamblea General Ordinaria de Accionistas el 4 de abril de 2011, supuestamente motivada por actos dolosos contra la sociedad. Avícola Villalobos invocó el artículo 228 del Código de Comercio, que dispone que el socio excluido responderá por los daños y perjuicios causados por los actos que motivaron su exclusión.

Lisa, S.A. contestó la demanda en sentido negativo e hizo valer excepciones perentorias. Agotadas las etapas procesales, el juzgado de primera instancia dictó el 4 de julio de 2023, declarando sin lugar la demanda, con lugar tres de las excepciones perentorias de Lisa, S.A. y condenando en costas a Avícola Villalobos. Avícola Villalobos apeló, y la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil confirmó la sentencia de primera instancia mediante del 7 de mayo de 2024. La solicitud de aclaración y ampliación fue declarada sin lugar el 13 de agosto de 2024.

En el propio recurso de casación, Avícola Villalobos reproduce extractos de la contestación de demanda de Lisa, S.A. donde esta explicó que sus acciones judiciales y extrajudiciales tuvieron un origen común: la falta de pago de dividendos. Lisa, S.A. declaró que desde 1996 los dividendos se pagaron de forma incompleta y que a partir del año 2000 no recibió pago alguno en ninguna de las entidades del Grupo Avícola Villalobos, incluida Avícola Villalobos, S.A. El recurso también reproduce la referencia de Lisa, S.A. a un estudio económico que valoró las acciones de Lisa en el Grupo Avícola Villalobos en $518,090,865.00 y cuantificó los dividendos no pagados desde 1999.

Submotivos de Casación

El recurso invoca el motivo de fondo previsto en el artículo 620 del Código Procesal Civil y Mercantil, con dos submotivos: error de hecho en la apreciación de la prueba por tergiversación (artículo 621, inciso 2) e interpretación errónea de las leyes (artículo 621, inciso 1), señalando como infringido el artículo 228 del Código de Comercio.

En síntesis, Avícola Villalobos sostiene que los tribunales tergiversaron dos actas notariales que documentan la exclusión de Lisa, S.A. al limitarse a acreditar la exclusión sin reconocer que esos mismos documentos establecen la responsabilidad de Lisa en los actos que la motivaron, y que el tribunal interpretó erróneamente el artículo 228 al exigir prueba independiente de los daños cuando, según la recurrente, estos serían inherentes a los actos dolosos que motivaron la exclusión.

Contexto en la Litigación

Este recurso de casación se inscribe dentro de un patrón de instrumentalización del sistema judicial por parte del Grupo Avícola Villalobos contra Lisa, S.A. La demanda de daños y perjuicios se fundó en la exclusión de Lisa como accionista, exclusión que Lisa, S.A. ha caracterizado como una maniobra para despojarla de sus derechos societarios. Los supuestos "actos dolosos" que motivaron la exclusión fueron, según la propia defensa de Lisa reproducida en el recurso, acciones judiciales y extrajudiciales motivadas por el impago de dividendos desde el año 2000.

El recurso de casación perpetúa la contradicción central: Avícola Villalobos excluyó a Lisa, S.A. como accionista por ejercer acciones legales para reclamar dividendos impagos, y luego demandó a Lisa por los supuestos daños derivados de esas mismas acciones. Después de perder en dos instancias judiciales, que determinaron que los daños no fueron probados, Avícola Villalobos persiste mediante este recurso extraordinario, reclamando Q94,410,079.60 en daños patrimoniales determinados más condenas genéricas por daños indeterminados. El propio recurso reconoce que Lisa, S.A. no ha recibido dividendos desde el año 2000 y que el valor de sus acciones en el Grupo Avícola asciende a cientos de millones de dólares, datos que la recurrente no controvierte sino que reproduce textualmente de la contestación de demanda de Lisa.

La sentencia de segunda instancia, como consta en el recurso, reconoció expresamente que conforme al artículo 228 del Código de Comercio, Lisa, S.A. debería responder por los daños derivados de su exclusión, pero concluyó que en el proceso no quedaron establecidos ni probados los daños reclamados. El también determinó que las publicaciones alegadas como fuente de desprestigio fueron ejecutadas por personas ajenas a Lisa, S.A., sin que se comprobara que actuaron en su representación, y que los gastos de defensa legal no constituyen daños y perjuicios indemnizables sino costas judiciales.

Petitorio

  • Que se declare con lugar el recurso de casación contra el del 7 de mayo de 2024
  • Que se case la sentencia y se declare sin lugar la contestación de demanda en sentido negativo de Lisa, S.A.
  • Que se declaren sin lugar las excepciones perentorias de falta de veracidad de los hechos expuestos, inexistencia de los daños y perjuicios, e improcedencia de daños por hechos de terceros
  • Que se declare con lugar el juicio sumario de daños y perjuicios y se condene a Lisa, S.A. al pago de Q94,410,079.60 en daños patrimoniales determinados (honorarios y defensa por el período de febrero de 1999 a diciembre de 2011), más condenas genéricas a cuantificarse por expertos en concepto de daños personales, daños patrimoniales por desprestigio comercial, daños patrimoniales futuros y perjuicios resultantes
  • Que se condene a Lisa, S.A. al pago de costas

Fundamento de Derecho

  • Artículo 228 del Código de Comercio de Guatemala — norma sustantiva que la recurrente alega fue interpretada erróneamente, que establece la responsabilidad del socio excluido por los daños causados por los actos que motivaron su exclusión
  • Artículos 619, 620, 621, 626, 627, 628 y 630 del Código Procesal Civil y Mercantil — regulan los requisitos, procedencia, plazos, fundamentación y trámite del recurso de casación
  • Artículos 226 y 227 del Código de Comercio de Guatemala — regulan el deber de abstención del socio de cometer actos dolosos contra la sociedad y las causales de exclusión
  • Artículos 2, 12, 29, 203 y 204 de la Constitución Política de la República de Guatemala — garantías de acceso a la justicia, debido proceso y supremacía constitucional

Signatarios

  • Javier Antonio Mendizábal Rojas, Abogado y Notario (firma a ruego del presentante, quien no pudo firmar en ese momento, y en su auxilio, dirección y procuración)

Trámite Posterior

Lisa, S.A. presentó el 11 de agosto de 2025, oponiéndose al recurso de casación y solicitando su rechazo.

Documentos

5
DocumentoFecha
4 jul 2023
2 nov 2023
16 jul 2024
20 nov 2024
11 ago 2025