Auto
El Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia Civil amplía la resolución que declaró la prescripción y ordena expresamente levantar todas las medidas precautorias dictadas contra Lisa, S.A. en la demanda de daños y perjuicios.
- Emitido el
- 23 feb 2021
- Emitido por
- Juzgado 13°
- Páginas
- 2
El Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia Civil resolvió el recurso de ampliación interpuesto por Lisa, S.A. contra el de 26 de enero de 2021, que declaró con lugar la excepción previa de prescripción en la demanda ordinaria de daños y perjuicios () promovida por Reproductores Avícolas, S.A. y Avícola Villalobos, S.A. El juzgado amplió la parte declarativa de dicho auto y ordenó expresamente el levantamiento de todas las medidas precautorias otorgadas dentro del proceso, librándose los oficios respectivos. La resolución fue dictada sin oposición, ya que la parte actora no evacuó la audiencia conferida.
Análisis
Antecedentes del Caso
Reproductores Avícolas, S.A. y Avícola Villalobos, S.A. promovieron juicio ordinario de daños y perjuicios () contra Lisa, S.A., alegando la comisión de actos dolosos que habrían motivado la exclusión de Lisa como accionista. Al admitirse la demanda en abril de 2012, el juzgado otorgó medidas precautorias de embargo contra Lisa. Lisa planteó excepciones previas, entre ellas prescripción, que el juzgado declaró con lugar mediante el de 26 de enero de 2021. Sin embargo, dicha resolución no incluyó pronunciamiento expreso sobre el levantamiento de las medidas precautorias.
Manuel Alberto Suc Tilom, mandatario especial judicial con representación de Lisa, interpuso recurso de ampliación solicitando que se completara el auto con la orden de levantar las medidas, al ser excesivamente gravosas para Lisa una vez declarada la prescripción. Se confirió audiencia a la parte actora por dos días, pero esta no evacuó la misma.
Análisis del Tribunal
El juzgado fundamentó la procedencia de la ampliación en el artículo 596, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Mercantil, que permite solicitar ampliación cuando se ha omitido resolver algún punto sobre el que versare el proceso. Al haberse declarado con lugar la prescripción, que pone fin al proceso, la omisión de pronunciamiento sobre las medidas precautorias constituía un punto pendiente de resolución. El juzgado determinó que era procedente ampliar el auto para ordenar el levantamiento de las medidas.
Resolución
- Se amplía la parte declarativa del de 26 de enero de 2021, específicamente el numeral romano II, que queda así: "Como consecuencia de lo anterior, se ordena levantar las medidas precautorias otorgadas dentro del presente proceso, librándose para el efecto los oficios respectivos"
- Lo demás contenido en dicho auto queda con el mismo valor y efecto legal
Fundamento de Derecho
- Artículo 596 del Código Procesal Civil y Mercantil — fundamento del recurso de ampliación cuando se omite resolver un punto sometido a discusión procesal
- Artículo 597 del Código Procesal Civil y Mercantil — trámite del recurso de ampliación, incluyendo la audiencia de dos días a la parte contraria
Signatarios
- Licda. Liliana Marlem Joaquín Castillo, Juez
- Jorge Alejandro Alvarado Ochoa, Secretario
Trámite Posterior
Reproductores Avícolas, S.A. apeló la resolución de primera instancia. La Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil, mediante su de 17 de agosto de 2021, declaró sin lugar el recurso y confirmó íntegramente el auto apelado, condenando en costas a la entidad apelante. Posteriormente, la Cámara Civil de la Corte Suprema de Justicia, en su de 15 de diciembre de 2023, desestimó el recurso de casación y confirmó la prescripción. Finalmente, la Corte de Constitucionalidad, mediante su de 1 de agosto de 2024, denegó el amparo por notoriamente improcedente, dejando firme la desestimación de la demanda de daños y perjuicios y el levantamiento de las medidas precautorias contra Lisa.
Documentos
5| Documento | Fecha |
|---|---|
| 26 ene 2021 | |
| 23 feb 2021 | |
| 17 ago 2021 | |
| 15 dic 2023 | |
| 1 ago 2024 |
