Caso Avícola Villalobos
  • Guatemala
  • Panamá
  • Registro

Expediente

Exp. 01165-2018-00276

Tercería Coadyuvante

País
Guatemala
Grupo
Tercero Coadyuvante
Demandantes
  • Administradora de Restaurantes, S.A.
  • Compañía Importadora La Perla, S.A.
Demandados
  • Lisa, S.A.
  • BDT Investments Inc.

Documentos

  1. Auto21 mar 2024
  2. Auto2 abr 2024
  3. Auto26 abr 2024
Exp. 01165-2018-00276
Descargar

Auto

Emitido el

21 mar 2024

Emitido por

Juzgado 15°

DescargarPDF

Antecedentes del Caso

Administradora de Restaurantes, S.A. y Compañía Importadora La Perla, S.A. promovieron el juicio sumario <law id="gua-01165-2018-00276" /> contra Lisa, S.A. En ese proceso, Rossana Mishelle Ramírez Paredes se apersonó presentando memorial y documentos que acreditaron su calidad de mandataria especial judicial con representación de BDT Investments Inc., entidad cesionaria de los derechos de Lisa. El juzgado verificó la documentación y reconoció la personería conforme a ley, tomando nota de que la mandataria actuaría bajo su propia dirección y procuración.

Resolución

  • Se tuvo a BDT Investments Inc. como tercero coadyuvante de Lisa, S.A., de conformidad con los artículos 549 y 553 del Código Procesal Civil y Mercantil
  • Se reconoció la calidad de mandataria especial judicial con representación de Rossana Mishelle Ramírez Paredes
  • Se ordenó notificar a las partes

Fundamento de Derecho

  • Artículos 549 y 553 del Código Procesal Civil y Mercantil — fundamento para la admisión del tercero coadyuvante
  • Artículos 12, 28, 29, 203 y 204 de la Constitución Política de la República de Guatemala — garantías del debido proceso y administración de justicia
  • Artículos 25, 26, 28, 44, 45, 46, 51, 61 al 67, 69 al 72, 79, 106, 229, 547 y 548 del Código Procesal Civil y Mercantil — normas procesales aplicables
  • Artículos 141 al 143 de la Ley del Organismo Judicial — regulación de la personería
  • Artículos 7, 13, 17, 18 al 23, 28 al 36 del Decreto 13-2022 — tramitación electrónica de expedientes judiciales

Trámite Posterior

Administradora de Restaurantes, S.A. interpuso recurso de revocatoria contra esta resolución, cuestionando la documentación con que BDT acreditó su personería y alegando que la entidad pretendía sustituir a Lisa como parte demandada. El juzgado declaró sin lugar la revocatoria mediante <doc id="gua-01165-2018-00276-2024-04-02-a" /> del 2 de abril de 2024, confirmando que la admisión de BDT fue dictada conforme a derecho. Administradora interpuso posteriormente recurso de aclaración y ampliación, igualmente rechazado mediante <doc id="gua-01165-2018-00276-2024-04-26-a" /> del 26 de abril de 2024.

Siguiente en el litigio
(sin título)
2 abr 2024