Caso Avícola Villalobos
  • Guatemala
  • Panamá
  • Registro

Expediente

Exp. 01164-2022-01230

Juicio Sumario de Prescripción Extintiva

País
Guatemala
Grupo
Demandas por Prescripción de Dividendos
Demandantes
  • Avícola Las Margaritas, S.A.
  • Compañía Alimenticia de Centroamérica, S.A.
Demandado
  • Lisa, S.A.

Documentos

  1. Auto10 jul 2023
  2. Acta de Audiencia23 oct 2024
  3. Solicitud28 oct 2025
Exp. 01164-2022-01230
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Acta de Audiencia

Representante de Las Margaritas admite derecho inmediato a dividendos y embargos que bloquean pago a Lisa

Emitido el

23 oct 2024

Emitido por

Juzgado 14°

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El 23 de octubre de 2024, el Juzgado Décimo Cuarto Pluripersonal de Primera Instancia del Ramo Civil recibió la declaración de parte del representante de Avícola Las Margaritas, S.A. en el juicio sumario de prescripción extintiva promovido contra Lisa, S.A. La diligencia, solicitada por Lisa como parte articulante, produjo admisiones relevantes sobre el derecho a dividendos, la existencia de embargos y la sucesión corporativa entre Compañía Alimenticia de Centroamérica, S.A. y Avícola Las Margaritas, S.A.

Antecedentes del Caso

Avícola Las Margaritas, S.A. (sucesora por fusión de Compañía Alimenticia de Centroamérica, S.A.) promovió un juicio sumario de prescripción extintiva contra Lisa, S.A. en el Expediente 01164-2022-01230, buscando que se declarara prescrita la obligación de pagar dividendos decretados por la Asamblea General de Accionistas del 17 de noviembre de 2016. Lisa, S.A. interpuso la excepción previa de falta de cumplimiento de la condición, la cual fue declarada con lugar por el mismo juzgado en el auto del 10 de julio de 2023, que rechazó la demanda de prescripción al determinar que los embargos vigentes sobre los dividendos de Lisa impedían que corriera el plazo prescriptivo.

Sucesión Corporativa

Al inicio de la audiencia, el abogado de Lisa aclaró que la única entidad que podía ser sujeto de la diligencia como absolvente era Avícola Las Margaritas, S.A., dado que Compañía Alimenticia de Centroamérica, S.A. dejó de existir al haber sido absorbida por fusión en 2020. El juzgado confirmó que, conforme al artículo 247 del Código de Comercio, Avícola Las Margaritas, al haber absorbido a Compañía Alimenticia de Centroamérica, adquirió las responsabilidades de la sociedad absorbida y su representante estaba facultado y obligado por ley a responder al interrogatorio dirigido a la entidad extinta.

Declaración del Representante de Las Margaritas

De las dieciséis posiciones presentadas en la plica, el juzgado descalificó cinco (posiciones 1, 4, 5, 14 y 15) por sugestivas, negativas, de derecho o imprecisas. Las respuestas a las posiciones admitidas revelaron:

Sobre dividendos. El absolvente reconoció que la cláusula décimo tercera de la escritura constitutiva establece el derecho de los accionistas a cobrar dividendos, y que si la administración no establece la fecha y forma de pago, el accionista tiene derecho a cobrarlos inmediatamente (posición 2). Confirmó además que la administración efectivamente decretó dividendos (posición 3).

Sobre embargos. El absolvente admitió la existencia de medidas precautorias que recayeron sobre bienes relacionados con la sociedad (posiciones 6 y 7), confirmó la existencia de embargos inscritos aunque sin recordar números de folio o libro (posiciones 8 y 9), y reconoció que en el folio de inscripción de Lisa como accionista aparecen anotadas diversas medidas, aunque declaró no tener información sobre su vigencia (posición 10). Sin embargo, afirmó no constarle la existencia de anotaciones de embargo en el anverso del folio de registro de Lisa como accionista (posiciones 11, 12 y 13).

Sobre prescripción. El absolvente afirmó que entre la fecha de la carta de requerimiento y la presentación de la demanda transcurrieron más de cinco años, lo que a su juicio dio lugar a que operara la prescripción (posición 16).

Análisis

Las admisiones del representante de Avícola Las Margaritas refuerzan la posición de Lisa en dos aspectos centrales. Primero, el reconocimiento del derecho inmediato a dividendos cuando la administración no fija fecha y forma de pago establece que la obligación era exigible, contradiciendo cualquier argumento de que Lisa debía esperar una acción administrativa que nunca llegó. Segundo, la confirmación de embargos inscritos sobre el folio accionario de Lisa sostiene el argumento de que la prescripción no podía correr mientras medidas judiciales, muchas promovidas por entidades del propio Grupo Avícola, impedían el pago.

La afirmación del absolvente sobre la prescripción (posición 16) constituye una conclusión jurídica, no una admisión fáctica vinculante, pues el cómputo del plazo prescriptivo depende de factores que el propio absolvente reconoció: la existencia de embargos que bloqueaban el cumplimiento.

Signatarios

  • Saúl Haroldo Muralles Muralles, Juez "A"
  • Seidy Eugenia León Chinchilla, Secretaria

Trámite Posterior

Lisa, S.A. presentó un escrito de oposición a la prescripción el 28 de octubre de 2025, solicitando que la acción se declarara sin lugar y que se condenara en costas a Avícola Las Margaritas, S.A. por actuar con mala fe.

Siguiente en el litigio
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