I. Admisión de BDT Investments Inc. como Tercero Coadyuvante
El 20 de marzo de 2024, el Juzgado Décimo Segundo Pluripersonal de Primera Instancia del Ramo Civil dictó el <doc id="gua-01162-2017-00791-2024-03-20-a" />, que admitió a BDT Investments Inc. como tercero coadyuvante de Lisa, S.A. en el juicio sumario de prescripción extintiva que Reproductores Avícolas, S.A. promovió para extinguir derechos sobre dividendos, vinculado al expediente principal <law id="gua-01162-2017-00735" />. La intervención de BDT se sustentó en un Convenio de Transacción celebrado entre BDT y Lisa, mediante el cual Lisa asignó y transfirió a BDT los derechos y obligaciones derivados de los procesos relacionados con el Grupo Avícola. El juzgado reconoció la calidad de mandataria especial judicial con representación de la compareciente, tuvo por ofrecidos los medios de prueba individualizados en el memorial y dispuso que BDT tomara el proceso en el estado en que se encontraba. La admisión fortalece la posición defensiva de Lisa al incorporar al proceso a la entidad cesionaria de sus derechos, que tiene un interés directo en el resultado del litigio sobre prescripción de dividendos.
II. Rechazo de la Revocatoria contra la Admisión de BDT
Reproductores Avícolas, S.A. impugnó la admisión mediante recurso de revocatoria, alegando que BDT carecía de interés cierto y propio en el asunto, que el Convenio de Transacción no abarcaba este proceso, que la cesión de derechos por $19,184,680.00 debió generar el pago del Impuesto al Valor Agregado, y que existían defectos en la protocolización notarial. El 19 de abril de 2024, el juzgado dictó el <doc id="gua-01162-2017-00791-2024-04-19-a" /> que declaró sin lugar el recurso. Confirmó que la revocatoria fue interpuesta en tiempo y determinó que la resolución impugnada admitió a BDT únicamente como coadyuvante, sin sustituir a Lisa. Con fundamento en el artículo 551 del Código Procesal Civil y Mercantil, que dispone que las tercerías planteadas en procesos no ejecutivos se resuelven en sentencia junto con el asunto principal, el tribunal difirió a la sentencia de fondo la determinación de si BDT tiene un interés propio y cierto, y consideró prematuras las objeciones sobre cumplimiento tributario y protocolización.
"Aunque la recurrente hace señalamientos respecto del impago de impuestos, es claro que será hasta dictar sentencia y junto al asunto principal, que este Juzgado haga su pronunciamiento sobre la existencia de un interés propio y cierto de la entidad BDT INVESTMENTS INC dentro del presente juicio sumario y declarar la procedencia o no de la tercería instada."
La confirmación de BDT como coadyuvante asegura su participación en las etapas restantes del proceso, incluyendo la fase probatoria pendiente y la eventual sentencia sobre la prescripción de dividendos adeudados a Lisa.