Auto
El Juzgado Octavo de Primera Instancia Civil reconoció la personería de BDT Investments Inc. pero declaró improcedente su tercería coadyuvante en el juicio de prescripción de dividendos contra Lisa, S.A., al haberse dictado ya sentencia.
- Emitido el
- 21 mar 2024
- Emitido por
- Juzgado 08°
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- 1
El Juzgado Octavo Pluripersonal de Primera Instancia del Ramo Civil reconoció la personería de BDT Investments Inc. pero declaró improcedente su tercería coadyuvante en el juicio ordinario () promovido por Reproductores Avícolas, S.A. contra Lisa, S.A., al haberse dictado ya sentencia en el proceso. BDT buscaba intervenir en apoyo de Lisa en un caso que versa sobre la prescripción del derecho al cobro de dividendos. Un mes después, el juzgado también rechazó el recurso de ampliación interpuesto por Reproductores Avícolas contra una resolución previa ().
Análisis
Antecedentes del Caso
Reproductores Avícolas, S.A. promovió un juicio ordinario () contra Lisa, S.A. alegando la prescripción del derecho de Lisa al cobro de dividendos, por haber transcurrido más de cinco años sin reclamarse. BDT Investments Inc., que ostenta derechos relacionados con Lisa en virtud de un convenio de transacción, compareció al proceso mediante Rossana Mishelle Ramírez Paredes en calidad de mandataria especial judicial con representación, solicitando intervenir como tercero coadyuvante en apoyo de la posición de Lisa.
Análisis del Tribunal
El juzgado aplicó un criterio estrictamente procesal. Reconoció la personería acreditada por BDT y tomó nota del casillero electrónico para recibir notificaciones, pero determinó que la tercería coadyuvante no podía prosperar en virtud del estado que guardaban los autos. Ya existía sentencia dictada en el proceso, lo que impedía la incorporación de nuevas partes. La resolución no entró al fondo de la legitimación de BDT ni a su relación con Lisa, limitándose a la barrera procesal.
Resolución
- Se reconoció la personería de BDT Investments Inc. a través de su mandataria especial judicial
- Se confirió la dirección y procuración propuesta
- Se declaró improcedente la tercería coadyuvante por existir ya sentencia en el proceso
Fundamento de Derecho
- Artículos 12, 28, 204 de la Constitución Política de la República de Guatemala — garantías de defensa y debido proceso
- Artículos 25, 28, 29, 44, 45, 50, 51, 58, 61, 62, 66, 74, 79, 229, 234, 551 del Código Procesal Civil y Mercantil — normas sobre personería, tercerías y trámite del juicio ordinario
- Artículos 1, 2, 3 de la Ley Reguladora de las Notificaciones por Medios Electrónicos en el Organismo Judicial — notificación electrónica
- Artículos 57, 141 al 143, 189 al 191, 197 de la Ley del Organismo Judicial — disposiciones orgánicas y procedimentales
- Acuerdo 38-2020 de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia y Organismo Judicial
Signatarios
- Licda. Gloria Aracely Rosales Reynoso de Vásquez, Juez
- Lilian Rosana Balcárcel García, Secretaria
Trámite Posterior
Reproductores Avícolas, S.A. interpuso un recurso de ampliación contra una resolución previa de 13 de febrero de 2024, el cual fue declarado sin lugar por el mismo juzgado el 19 de abril de 2024 (), al considerar que no existían omisiones que justificaran la ampliación conforme al artículo 596 del Código Procesal Civil y Mercantil.
Documentos
2| Documento | Fecha |
|---|---|
| 21 mar 2024 | |
| 19 abr 2024 |
