I. Demanda Ordinaria y Revocatoria
Sistemas y Equipos, S.A., entidad del Grupo Avícola Villalobos, presentó demanda de juicio ordinario de prescripción extintiva, negativa o liberatoria contra Lisa, S.A., pretendiendo la declaración judicial de que los derechos de Lisa sobre dividendos impagos desde 1999 se encontraban prescritos. El Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil del Departamento de Guatemala admitió la demanda a trámite mediante resolución del 24 de febrero de 2017.
Lisa interpuso recurso de revocatoria dentro del plazo de veinticuatro horas previsto en el artículo 598 del Código Procesal Civil y Mercantil, argumentando que la vía ordinaria era improcedente por dos razones concurrentes. Primero, ambas partes son entidades mercantiles, por lo que el artículo 1039 del Código de Comercio de Guatemala dispone que todas las acciones derivadas de su aplicación deben ventilarse en juicio sumario, salvo pacto arbitral. Segundo, la cláusula vigésima quinta de la escritura constitutiva (escritura pública número ochenta del 7 de julio de 1972, autorizada por el Notario Mario Roberto Morales Franco) establece que las diferencias entre la sociedad y los accionistas serán dirimidas en juicio sumario ante los tribunales ordinarios, salvo convenio de arbitraje. Lisa sostuvo que la controversia versa sobre dividendos que la sociedad ha dejado de pagarle desde 1999, materia que no puede discutirse en vía ordinaria bajo el pretexto de una acción de prescripción extintiva.
El 9 de marzo de 2017, el Juzgado emitió <doc id="gua-01163-2017-00184-2017-03-09-a" />, que resolvió el recurso. La juzgadora verificó que tanto Sistemas y Equipos como Lisa son comerciantes sociales cuya constitución, derechos y obligaciones se rigen por el Código de Comercio, y concluyó que las pretensiones de la actora no constituyen presupuestos procesales tramitables en la vía ordinaria. En consecuencia, declaró con lugar la revocatoria, revocó la resolución de admisión del 24 de febrero de 2017 y rechazó para su trámite la demanda y documentos adjuntos por inadecuada vía procesal.
"Las declaraciones pretendidas no constituyen presupuestos procesales que la norma especial citada estipule, para tramitarlo en la presente vía, puesto que como se dijo con antelación las partes procesales son comerciantes sociales y de conformidad con la ley y lo acordando entre éstas, sus diferencias serán resueltas en la vía sumaria" (Página 3)
El rechazo de esta demanda constituye una victoria procesal para Lisa, S.A. Impidió que Sistemas y Equipos obtuviera una declaración de prescripción sobre dividendos que el propio Grupo Avícola Villalobos ha dejado de pagar a Lisa desde 1999, y dejó a la actora únicamente la vía sumaria mercantil para volver a intentar la acción.