Caso Avícola Villalobos
  • Guatemala
  • Panamá
  • Registro

Expediente

Exp. 01048-2024-00297

Juicio Ordinario por Abuso de Derecho

País
Guatemala
Grupo
Demandas por Abuso de Derecho
Demandante
  • Avícola Villalobos, S.A.
Demandado
  • Lisa, S.A.

Documentos

  1. Auto26 jul 2024
  2. Fallo de Apelación17 mar 2025
Resumen

Exp. 01048-2024-00297 · Juicio Ordinario por Abuso de Derecho

Reclamo de Abuso de Derecho de Avícola Villalobos por Denuncia Penal de Lisa Impugnado

Última actualización

/17 mar 2025

La Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil, en resolución del 17 de marzo de 2025, declaró sin lugar el recurso de apelación de Lisa, S.A. y confirmó el rechazo de sus excepciones previas, con condena en costas de segunda instancia.

Resumen

Avícola Villalobos, S.A. demandó a Lisa, S.A. en juicio ordinario por abuso de derecho y daños y perjuicios, alegando que Lisa actuó con exceso y mala fe al presentar una querella penal en 2013 que fue desestimada por el Ministerio Público. Lisa sostiene que ejerció legítimamente su derecho de denuncia y que la actora no probó daño alguno. Tanto el Juzgado Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia Civil como la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones rechazaron las excepciones previas de Lisa, permitiendo que el juicio avance hacia la fase probatoria. El caso permanece en trámite ante el juzgado de primera instancia.

I. Excepciones Previas y Apelación

Avícola Villalobos, S.A. promovió juicio ordinario contra Lisa, S.A. por abuso de derecho, alegando que Lisa actuó con exceso y mala fe al presentar una querella penal en 2013 ante el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente (causa penal 01069-2013-00541), la cual fue desestimada por solicitud del Ministerio Público. Este caso forma parte de una estrategia litigiosa más amplia del Grupo Avícola Villalobos, que invierte los roles al acusar a Lisa de abuso de derecho por haber presentado una querella penal, cuando Lisa fue excluida como socia precisamente por entidades del mismo grupo.

El Juzgado Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia Civil rechazó las dos excepciones previas planteadas por Lisa: demanda defectuosa y falta de condición. Lisa argumentó que la demanda fundamentaba su pretensión en el artículo 18 de la Ley del Organismo Judicial (abuso de derecho), pero los hechos describían una supuesta difamación que debió fundamentarse en el artículo 1656 del Código Civil. Respecto de la falta de condición, Lisa sostuvo que la querella penal fue ejercicio legítimo de un derecho subjetivo y que no existió colisión con derechos de terceros.

El tribunal determinó que los argumentos de Lisa pretendían que se conocieran cuestiones de fondo que deben dilucidarse en sentencia, verificó que la demanda cumple con los requisitos formales de ley y concluyó que la pretensión de la actora no está sujeta a condición o plazo alguno en los términos que la excepción prevé. Se condenó a Lisa al pago de costas del incidente.

Lisa interpuso recurso de apelación planteando tres agravios: la discordancia entre fundamento legal y hechos como defecto formal insuperable, la falta de prueba del fin ilícito y del daño alegado, y la improcedencia de la condena en costas por haber actuado de buena fe.

La Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil confirmó la resolución de primera instancia. La Sala estableció que la excepción de demanda defectuosa es netamente procesal y se circunscribe a verificar requisitos formales, concluyendo que el fundamento de derecho invocado guarda relación con los hechos relatados y que determinar si los hechos constituyen difamación es un aspecto de fondo. Respecto de la falta de condición, el tribunal analizó la doctrina de Mario Aguirre Godoy, Juan Montero Aroca y Mauro Chacón Corado, así como la Circular del 27 de marzo de 1980, determinando que los argumentos de Lisa sobre la inexistencia de abuso no constituyen condiciones sino aspectos de fondo. En materia de costas, aplicó el artículo 576 del Código Procesal Civil y Mercantil, concluyendo que la buena fe invocada por Lisa no constituye un supuesto de eximición.

La resolución permite que el juicio por abuso de derecho y daños y perjuicios avance hacia la fase probatoria y de sentencia, donde Lisa podrá ejercer su defensa integral sobre el fondo del asunto.

Documentos clave

FechaDocumentoEmitido por
26 jul 2024AutoJuzgado 07°
17 mar 2025Fallo de ApelaciónCorte de Apelaciones

Perspectiva

El expediente fue remitido al Juzgado Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia Civil para continuar el trámite del juicio ordinario. El proceso avanzará hacia la fase probatoria y de sentencia, donde Lisa, S.A. podrá ejercer su defensa sobre el fondo de la pretensión de abuso de derecho y daños y perjuicios.