Fallo de Amparo
El Primer Tribunal Superior rechaza la acción de amparo de Villamorey, S.A. al determinar que la negativa tácita no existe en jurisdicción civil y que el verdadero acto impugnado era el auto de embargo por $44.9 millones.
- Emitido el
- 23 sept 2022
- Emitido por
- Primer Tribunal Superior
- Páginas
- 4
El Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial rechazó la acción de amparo de garantías constitucionales interpuesta por Villamorey, S.A. contra la Jueza Cuarta de Circuito de lo Civil. El Tribunal determinó que el concepto de negativa tácita invocado por Villamorey no existe en la jurisdicción civil y que el verdadero acto impugnado era el , de 2 de agosto de 2022, que decretó embargo por $44,910,912.00 a favor de Lisa, S.A. Además, el Tribunal señaló que Villamorey no había agotado los recursos ordinarios contra dicho auto de embargo, lo que constituía un requisito previo indispensable para la admisibilidad del amparo.
Análisis
Análisis del Tribunal
El Tribunal examinó la demanda de amparo y encontró tres defectos que impedían su admisión. En cuanto a la negativa tácita. El Tribunal determinó que, si bien el artículo 1381 del Código Judicial otorga el derecho a reclamar, el concepto de negativa tácita no existe en materia civil, a diferencia de la jurisdicción contencioso-administrativa donde sí se encuentra regulado. Villamorey no pudo explicar a qué se refería con "orden tácita de negativa" cuando, en lugar de resolver su reclamo contra el de 25 de febrero de 2021, la jueza dictó el de 2 de agosto de 2022 que decretó embargo.
Incongruencia entre el acto impugnado y la infracción alegada. El Tribunal concluyó que las alegaciones de Villamorey, incluyendo la falta de motivación, la extemporaneidad y la vulneración del procedimiento sumario, se referían en realidad al auto de embargo, no a una supuesta negativa tácita. Aun en el supuesto hipotético de que el Tribunal revocara la "negativa tácita", la resolución de embargo permanecería vigente.
Falta de agotamiento de recursos. El Tribunal constató que contra el auto de embargo Villamorey había anunciado y sustentado recursos de reconsideración y apelación, los cuales no constaba que hubieran sido resueltos. Esta circunstancia impedía la admisión del amparo, dado que los recursos ordinarios no se habían agotado.
Resolución
- No se admite la acción de amparo de garantías constitucionales propuesta por Villamorey, S.A. contra la Jueza Cuarta de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, dentro del proceso sumario de rendición de cuentas () promovido por Lisa, S.A. contra Villamorey, S.A.
Signatarios
- Guimara Aparicio Ortega, Magistrada (ponente)
- Melina Robinson Oro, Magistrada
- Lilianne M. Ducruet N., Magistrada
Documentos
8| Documento | Fecha |
|---|---|
| 25 feb 2021 | |
| 8 abr 2022 | |
| 2 ago 2022 | |
| 9 ago 2022 | |
| 23 sept 2022 | |
| 25 oct 2022 | |
| 2 feb 2023 | |
| 13 nov 2023 |
